Acuerdo 5-2017 (Instancia Ministerial)

1 Files Published 16 de junio de 2017 Updated 31 de mayo de 2025

Fecha/lugar Suscripción:
Honduras 16/06/2017

Fecha Entrada en Vigencia:
16/06/2017. En los Puestos Fronterizos Integrados de El Florido, Agua Caliente y Corinto, designados mediante la Resolución de la Instancia Ministerial-UA No 06-2016, funcionarán de forma integrada las Aduanas de El Florido, Agua Caliente y la delegación de Entre Ríos que a partir de este Acuerdo, se denominará Aduana Corinto, respectivamente, de la República de Guatemala, y serán las responsables de la aplicación de las leyes y procedimientos aduaneros en dichos Puestos. En consecuencia las Aduanas de la República de Guatemala descritas, se encuentran facultadas para conocer y concluir sus respectivos actos administrativos, operaciones y regímenes aduaneros que hayan iniciado antes de su traslado a los respectivos Puestos Fronterizos integrados.

Las instalaciones de las Aduanas de la República de Guatemala mencionadas en el numeral anterior, continuarán a disposición del Servicio Aduanero de dicho país para ejercer las funciones aduaneras pertinentes, de conformidad con la legislación correspondiente y con los procedimientos establecidos en el Reglamento para el Funcionamiento de la Integración Profunda hacia el Libre Tránsito de Mercancías y de Personas Naturales entre las Repúblicas de Guatemala y Honduras.

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