
Mecanismo de
Solución de Controversias
Comerciales entre Centroamérica (MSC)
Asegurando el cumplimiento de las normas que rigen el proceso de integración económica centroamericana.
El Mecanismo de Solución de Controversias Comerciales entre Centroamérica (MSC) es un sistema interestatal de resolución de disputas. Combina medios diplomáticos y jurídicos para resolver las diferencias que surgen entre los Estados Parte del Subsistema de la Integración Económica Centroamericana (Subsistema Económico).

De esta manera, permite la solución pacífica de disputas comerciales entre Estados, al tiempo que asegura el cumplimiento de los tratados regionales y otros instrumentos jurídicos en la materia. El MSC es administrado por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA). Está disponible para Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, y Panamá.

Las fases de una disputa
Cuando dos o más Estados Parte del Subsistema Económico tienen diferencias sobre la manera correcta de interpretar o aplicar normativa regional, pueden activar las distintas fases del MSC.


Consultas
Fase diplomática de arreglo directo.

Intervención del Consejo
Fase optativa, en la que la controversia puede ser sometida a consideración del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO). En ésta, también es posible recurrir a asesorías técnicas; grupos de trabajo; buenos oficios, conciliación o mediación.

Arbitraje
Fase del proceso en la que la controversia se somete al conocimiento de un tribunal ad hoc, constituido por tres expertos(as) que emiten un laudo de cumplimiento obligatorio.

Suspensión de beneficios
En caso de incumplimiento de un laudo, la parte afectada negativamente puede retirar beneficios previamente otorgados en el marco de las negociaciones comerciales regionales.
La normativa del MSC
El MSC se rige, a grandes rasgos, por tres instrumentos jurídicos:
El Protocolo de Tegucigalpa la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA). Éste es el Instrumento fundante del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA). En el artículo 35 de este tratado, se faculta al Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) para establecer un sistema alterno de resolución de disputas en materia comercial.
La Resolución N0. 170-2006 (COMIECO-XLIX). Con tres anexos, esta resolución establece la normativa básica del MSC, incluyendo las fases de una diferencia y los actores que participan en ella.
La Resolución No. 205-2007 (COMIECO-EX). Esta resolución contiene el tarifario del MSC (p. ej., los honorarios para árbitros) y el mecanismo de financiación de la fase arbitral de una controversia.


controversias resueltas a la fecha.

arbitrajes concluidos.

Múltiples materias abordadas: bebidas alcohólicas, carne bovina, lácteos, productos avícolas, acero, pescado, fármacos, néctares, carne porcina, exportaciones agrícolas, normativa aduanera, salvaguardias, entre otros
Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA)
La Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) es el órgano técnico y administrativo del proceso de integración económica centroamericana (…) [y] tendrá personalidad jurídica de derecho internacional.
Artículo 43.1 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana
